miércoles, 28 de marzo de 2012

Debe revelar PGR si indaga a García Luna


La Procuraduría argumentó que dar a conocer la información, en sentido negativo o afirmativo, podría afectar el honor del Secretario

Ciudad de México  (28 marzo 2012).- El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) instruyó a la Procuraduría General de la República (PGR) a informar cuántas averiguaciones previas tiene iniciadas en contra del Secretario de Seguridad Pública (SSP), Genaro García Luna, por considerar que un tema de interés para la sociedad.

En respuesta a una solicitud, la PGR reservó la misma argumentando imposibilidad jurídica y perjuicio en las actividades de verificación del cumplimiento de leyes, prevención y persecución de delitos, así como en la impartición de justicia, por encontrarse relacionada con averiguaciones previas y datos personales.

Ante la negativa, el ciudadano que solicitó la información presentó recurso de revisión ante el IFAI manifestando que todo servidor público debe rendir cuentas sobre los presuntos ilícitos denunciados en su contra, asunto que se turnó a la ponencia de la comisionada presidenta del IFAI, Jacqueline Peschard.

En alegatos, la Procuraduría argumentó que dar a conocer la información, en sentido negativo o afirmativo, podría afectar el honor y buen nombre del individuo e implicaría extraer datos necesariamente de una averiguación previa.

Sin embargo, el IFAI encontró que la ley orgánica de la dependencia indica que le corresponde establecer los medios de información con la sociedad para dar cuenta de sus actividades. Un ejemplo de ellos es el Sistema Informático de Procuración de Justicia Federal (SIPJF), en vigor desde 2006.

El SIPJF cuenta con un libro de Gobierno electrónico que permite consultar datos de una averiguación previa iniciada en cualquier lugar del País, por criterios de búsqueda, tales como nombres, número de indagatoria o fecha, del cual se puede extraer una expresión documental que puede para dar respuesta a la solicitud del particular, sin extraer información de la propia indagatoria.

Según la ponencia, el derecho de acceso a la información es un derecho fundamental, por lo cual toda reserva de información debe estar debidamente sustentada, detallando el daño a los intereses jurídicamente protegidos de una persona, y que éstos sean mayores al interés general de tener acceso a lo solicitado.

La ponencia indicó que la información relacionada con un Secretario de Despacho es de evidente interés público, por lo que es necesario transparentar cualquier tipo de información que pudiera resultar relevante para la evaluación de su desempeño.

En ese sentido, el IFAI consideró importante dar a conocer en cuántas averiguaciones previas se ha denunciado a García Luna.

"Respecto a la protección de los datos personales del funcionario federal, la ponencia retomó tesis emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y resolvió que existe un evidente interés público por conocer el número de averiguaciones previas, pues con esto se permite a la ciudadanía dar un seguimiento a estas, a efecto de exigir un mayor nivel de responsabilidad", indicó el IFAI en una nota informativa.

El Pleno resolvió revocar la respuesta de la PGR y le instruyó a entregar una versión pública del informe de cualquiera de sus sistemas o el documento que contenga la información solicitada en el que se deberá testar cualquier dato de identificación de la averiguación previa, a excepción del nombre del servidor público, asegurándose que el número de veces que se repita el nombre determine el número de averiguaciones previas iniciadas en contra de él.

El recurso fue aprobado por la comisionada ponente, el comisionado Ángel Trinidad y la comisionada María Elena Pérez-Jaén, con un voto particular. La comisionada Sigrid Arzt se manifestó en contra.

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